Ampara
a los afiliados beneficiarios de Crédito para Educación,
deudores del Fondo Nacional de Ahorro, que hayan suscrito
el documento donde conste la garantía constituida
a su favor, adquiriendo éste en todos los casos la
calidad de tomador y primer beneficiario.
El valor que asume la Unión Temporal conformada por
La Previsora S. A. y Liberty Seguros S. A. en caso
de siniestro es el saldo insoluto de la obligación.
AMPAROS
Vida
(muerte por cualquier causa, suicidio y homicidio).
Enfermedades Graves 100%: Infarto al Miocardio, Cáncer,
Accidente Cerebro Vascular, Insuficiencia renal crónica,
Esclerosis múltiple, SIDA.
Incapacidad total y permanente (invalidez por cualquier
causa).
Muerte Presunta: Se indemnizará
de conformidad con el código de procedimiento
civil.
DOCUMENTOS
EXIGIDOS PARA PRESENTAR LA RECLAMACION
Para presentar
la reclamación del seguro de Vida ante la Compañía
Aseguradora, en caso de fallecimiento, invalidez total
y permanente o enfermedades graves, el afiliado o
sus beneficiarios y/o herederos deberán remitir al
FONDO NACIONAL DE AHORRO los mismos documentos relacionados
en la Póliza de Vida Grupo Deudores Hipotecarios.
(Numeral 1).
|