R/ Los beneficios que obtienes son: el crédito es a nivel nacional, puede realizar pagos parciales o totales sin penalidad alguna, bajas tasas de interés, puede obtener según las condiciones de Ley beneficio del subsidio para viviendas de interés prioritario, tiene la opción de solicitar crédito con su cónyuge o compañero permanente.
R/ Si es independiente y sus ingresos no superan los $851.051, necesita:
• Formulario de solicitud de crédito
• Fotocopia de la cedula
• Auto certificación
• Referencia familiar
• Referencia personal
• Referencia comercial
Si es independiente y sus ingresos son superiores a $851.051 hasta 1.461.750, necesita:
• Formulario de solicitud de crédito
• Fotocopia de la cedula
• Referencia familiar
• Referencia personal
• Referencia comercial
• Certificado por contador
• Fotocopia de la cedula del contador
• Fotocopia de la tarjeta profesional de contador
• Certificado de la junta central de contadores
Si es independiente y sus ingresos son superiores a $1.461.750
• Formulario de solicitud de crédito
• Fotocopia de la cédula
• Referencia familiar
• Referencia personal
• Referencia comercial
• Certificado por contador
• Fotocopia de la cedula del contador
• Fotocopia de la tarjeta profesional de contador
• Certificado de la junta central de contadores
• Balance general
• Estado de pérdidas y ganancias
• Últimos tres extractos bancarios
Si es empleado
• Formulario de solicitud de crédito
• Fotocopia de la cédula
• Certificación laboral
• Desprendibles de pago de los últimos tres meses
• Certificado de ingresos y retenciones del año gravable
R/ el estudio de su crédito de demora entre 15 a 20 días hábiles.
R/ Puede obtener información de su crédito a través de la página Web del FNA, en los Puntos de Atención o a través de la línea gratuita.
R/ La carta de aprobación se remite por correo a la dirección que el afiliado registró en el formulario, sin embargo cinco días después de la fecha de aprobación en cualquiera de los puntos de atención del FNA, le pueden imprimir y entregar copia de la carta al afiliado.
R/ una vez tenga su crédito aprobado debe solicitar la carta de aprobación del crédito (lo reclama en cualquier punto de atención), comunicarse con el abogado externo que aparece en la carta de aprobación; el hará el acompañamiento en la legalización del crédito.
R/ Si, en caso de no tenerla el FNA le dará un año de plazo para conseguir la vivienda y utilizar el crédito. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de aprobación del crédito
R/ Debe realizar el trámite de Resciliación: Se origina cuando el FNA no puede desembolsar el crédito por alguna causal legal o por inconsistencias en la capacidad de pago del afiliado.En este caso el afiliado debe enviar comunicación firmada por comprador y vendedor a la División de Crédito solicitando rescilación de la compraventa y cancelación de la hipoteca a favor del FNA. El Fondo Nacional del Ahorro elabora y envía poder al abogado externo para suscribir la respectiva escritura de resciliación.
R/ El monto o cupo de crédito aprobado depende de los ingresos del afiliado y disminuye de acuerdo con las obligaciones registradas tanto en centrales de información como en los desprendibles de nómina. Igualmente se afecta por el plazo elegido por el afiliado y la línea de crédito (pesos o UVR) solicitada.
R/ Para los cambios de compra de vivienda nueva a usada y de usada a nueva no es necesario solicitar cambio de modalidad.
Para las demás modalidades (Liberación, Mejora y Construcción) debe remitir solicitud dirigida a la División de Crédito, donde se revisará, se aprobará o negará la solicitud. Cuando se solicite el cambio para construcción es necesario anexar la respectiva licencia de construcción.
R/ El afiliado debe dirigir comunicación a la División de Crédito del FNA, informando detalladamente los inconvenientes presentados.
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