
¿Qué es?
Financiación mediante la cesión de una hipoteca entre el FNA y otra entidad financiera. Esta operación no requiere una nueva escritura, por lo que no genera gastos iniciales de notaría y registro. La hipoteca debe estar constituida sobre una vivienda de propiedad del afiliado o del afiliado y su deudor solidario, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento de Crédito del FNA.

Características
Financiación de hasta el 100 % del saldo de capital adeudado, sin superar el 70 % del valor comercial del inmueble.
Plazo: De 5 hasta 30 años en UVR o hasta 20 años en pesos.
El avalúo y estudio de títulos son asumidos por el FNA.
Ahorro en el valor de la cuota y en la totalidad del crédito.
Posibilidad de convertir el crédito de UVR a pesos.
Seguro de desempleo opcional.
Un solo desembolso.
No aplica para Leasing Habitacional.
Financiación de hasta el 100 % del saldo de capital adeudado, sin superar el 70 % del valor comercial del inmueble.
Plazo: De 5 hasta 30 años en UVR o hasta 20 años en pesos.
El avalúo y estudio de títulos son asumidos por el FNA.
Ahorro en el valor de la cuota y en la totalidad del crédito.
Posibilidad de convertir el crédito de UVR a pesos.
Seguro de desempleo opcional.
Un solo desembolso.
No aplica para Leasing Habitacional.
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