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04/02/2016

Usted sabe qué son y para qué sirven las Cesantías

Cesantías con el FNA
  • Con sus cesantías usted puede ser beneficiario de Crédito de vivienda o Crédito Educativo.

Las cesantías son un ahorro obligado para los ahorradores colombianos que se pueden convertir en Crédito de Vivienda o Crédito Educativo. El Fondo Nacional del Ahorro invita a todos los colombianos a que trasladen sus cesantías antes del próximo 14 de febrero de 2016. Estas son algunas de las preguntas frecuentes de los colombianos con respecto a esta prestación social:

¿Qué son las cesantías?

Las Cesantías son una prestación social de carácter especial que se convierten en un ahorro forzoso de los trabajadores para auxiliarlos en caso de quedar cesantes, es decir, desempleados. Esta prestación se paga por regla general al terminar el contrato de trabajo y de manera excepcional como anticipo para pagar, adquirir, construir, mejorar o liberar gravámenes inmuebles destinados a la vivienda del trabajador; o para pagar costos de educación del trabajador, su cónyuge, compañero permanente e hijos. Por esto, en principio, son irrenunciables de acuerdo a los artículos 340, 343 y 344 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿Hasta cuándo tengo plazo para que mi empleador consigne las cesantías en el Fondo Nacional del Ahorro?

14 de febrero de 2016.

¿Por qué mi empleador debe consignar las cesantías en esa fecha y no en otra?

La ley 50 de 1990, en el artículo 99, señala que, si el empleador no ha consignado al 14 de febrero deberá pagar un día de salario por cada día de retraso.

¿Por qué no debo retirar el total de mis cesantías?

Porque puedo dejar de cumplir con los requisitos para acceder a un crédito hipotecario o educativo, leasing habitacional o arriendo social, a través del Fondo Nacional del Ahorro. Así mismo, para que mis cesantías pueden servir como parte de la cuota inicial.

¿Qué tanto y en qué caso puedo usar las cesantías para crédito hipotecario o educativo?

Las cesantías se pueden destinar a pago parcial del crédito hipotecario o educativo. El afiliado es el que decide qué monto de sus cesantías invierte.

¿Cómo se efectúa el proceso de retiro de cesantías para compra de vivienda?

Aplica para todos los empleados tanto públicos como privados. El proceso inicia tras diligenciar completamente el formulario de solicitud de crédito, completamente claro, sin tachones ni enmendaduras. Además, debe tener la firma del empleado, el valor específico que solicita, la fotocopia de la cédula, y un formato para giro al vendedor cuando se desembolse el crédito junto con la promesa de compra venta o escritura debidamente diligenciada. Una vez desembolsado el crédito las cesantías quedan pignoradas, es decir que solo pueden ser usadas para abono a capital a cuotas futuras del crédito otorgado por el Fondo Nacional del Ahorro.

¿Cuáles son los beneficios que tengo a través de mis cesantías?

Financiamiento de Vivienda y Educación. Además, el FNA no cobra cuota de administración, no cobra comisión por retiros parciales o definitivos, sus cesantías no están sujetas a volatilidades de rentabilidad, los servidores públicos con régimen de retroactividad no pierden este derecho al trasladarse al Fondo Nacional del Ahorro, contamos con cuatro décadas de experiencia, solidez, confianza, rentabilidad y amplia cobertura Nacional. En materia de vivienda el afiliado del Fondo Nacional del Ahorro cuenta con financiación a nivel nacional, además de la posibilidad de realizar pagos totales o parciales del valor de su crédito sin penalidad alguna, además cuenta con tasas competitivas y la posibilidad de, según las condiciones de ley, obtener el beneficio de subsidio de vivienda para interés prioritario.

¿Necesito Codeudores?

Tras completar los requisitos usted no necesita de codeudores para acceder al crédito en el Fondo Nacional del Ahorro.

¿Estos beneficios aplican solo para mí o también para mis familiares?

Usted puede presentar una solicitud de crédito, ya sea educativo o hipotecario, de manera conjunta con su conyugué, compañero permanente, con sus padres, hijos o hermanos. En el caso del crédito educativo alguno de los ya mencionados también puede ser el beneficiario siempre y cuando se cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar mi crédito luego de haber trasladado las cesantías al fondo?

Primero debe estar afiliado al Fondo Nacional del Ahorro, es decir, disponer sus cesantías en la cuenta individual a su nombre por concepto de traslado de cesantías o reporte anual de cesantías; Contar con el puntaje mínimo calculado mediante el sistema de calificación personal realizado por el Fondo Nacional del Ahorro; sus cesantías no deben encontrarse pignoradas o embargadas; en caso de presentar solicitud conjunta de crédito, leasing habitacional o Arriendo Social, cada afiliado debe cumplir con los requisitos establecidos para cada producto.

Si este es mi primer crédito, pero tengo las cesantías en el Fondo Nacional del Ahorro ¿puedo acceder a un préstamo en la entidad?

Cuando se hace el cálculo del puntaje se evalúan otras variables que pueden dar como resultado la aprobación de un nuevo crédito. Eso depende de las condiciones de capacidad financiera de cada afiliado respecto a la nueva solicitud.

¿Qué pasa si tengo un reporte en Datacrédito?

Una de las condiciones es que el afiliado debe tener un historial de crédito limpio. Hay ocasiones en donde hay una mora muy pequeña o que la persona fue codeudor, lo ideal es preguntar en la central de información qué entidad hizo el reporte y hacer la validación con la entidad financiera, y obtener paz y salvo del reporte.

¿Puedo adquirir dos créditos al mismo tiempo?

Si usted tiene la capacidad de pago, puede llegar a tener un crédito educativo y uno de vivienda a la vez. No hay inconveniente.

¿Debo tener permanencia mínima como afiliado por cesantías para tener derecho a solicitar un crédito con el Fondo Nacional del Ahorro?

Una vez el afiliado dispone de las cesantías en la cuenta individual a su nombre por concepto de traslado de cesantías, o el reporte de consignación del último año, podrá presentar una solicitud para estudio de crédito hipotecario, de leasing habitacional o de Arriendo Social.

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