Fallecimiento del Afiliado
Recuerda que esta documentación es adicional a la documentación obligatoria requerida para el retiro.
Pasos a seguir
Documentación requerida
Seleccione el parentesco con el afiliado fallecido para conocer los documentos requeridos:
Documentos obligatorios
Formulario de Solicitud de Retiro de Cesantías. Diligencia completamente el formulario, sin tachones ni correcciones. Debe incluir firma y huella de quien realiza la solicitud.
Documento de identidad. (Cédula, tarjeta de identidad, cédula de extranjería o pasaporte con visa vigente). Presenta una copia legible del documento de identidad del afiliado fallecido y de cada beneficiario.
Registro civil de defunción. Presenta una copia del registro civil de defunción expedido por la autoridad competente.
Declaración extrajuicio. Presenta un documento autenticado en notaría por dos personas que no pertenezcan al grupo familiar, en el que se identifique quiénes son los beneficiarios del afiliado fallecido.
Declaración de herederos. Presenta un documento autenticado en notaría donde los beneficiarios manifiesten su calidad de herederos y asuman la responsabilidad sobre la información suministrada.
Certificación bancaria y/o autorización de pago por ventanilla. Presenta una certificación bancaria expedida máximo 30 días antes de la radicación o una autorización para recibir el pago por ventanilla.
Si aplica: Importante: Si cuentas con una sentencia judicial o una escritura pública derivada de un proceso de sucesión en la que se encuentren adjudicadas las cesantías o el Ahorro Voluntario Contractual (AVC) del afiliado fallecido, no será necesario presentar algunos documentos como avisos, declaración extrajuicio, registros civiles solicitados para acreditar parentesco o declaración de convivencia. En estos casos, el Fondo validará la documentación sucesoral presentada.
Documentación adicional en caso de:
Cuentas con embargos (Oficio)
Cuentas con pignoración externa
Crédito hipotecario y/o educativo por cesantías Fondo Nacional del Ahorro S.A.
Recuerda que
- 1
En el momento de radicar los documentos de la solicitud, deberá presentar su documento de identificación en original.
- 2
El cumplimiento total del diligenciamiento y entrega de la documentación permitirá efectuar el análisis y trámite de su solicitud de forma ágil y disponer de una respuesta oportuna y eficiente.
- 3
Para los trámites de retiros de cesantías, los documentos se recepcionarán en el Fondo Nacional del Ahorro S.A. un mes después de la publicación del segundo aviso de edictos.
- 4
Recuerde que la fecha de generación de los documentos autenticados no puede ser mayor de 3 meses al momento de la radicación.
- 5
Si el saldo de cesantías es igual o mayor a 50 veces el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) se hará necesario para su entrega, sentencia o escritura pública del juicio de sucesión y la distribución se hará de conformidad con lo estipulado en la misma.
- 6
Por política interna el Fondo Nacional del Ahorro S.A. establece 45 días hábiles para ejecutar el pago de las cesantías y/o AVC, contados al día siguiente de la radicación del trámite en el sistema de información de la entidad y se haya dado cumplimiento a los requisitos señalados en la LISTA DE DOCUMENTOS SOLICITUD RETIRO CESANTÍAS Y/O AVC AFILIADO FALLECIDO(S).