Reporte y pago de cesantías
La consignación anual de cesantías la realiza el empleador del sector privado para cubrir el valor que por este concepto se les liquida a los trabajadores afiliados al FNA. Esta consignación debe efectuarse antes del 14 de febrero de cada año.
De acuerdo con la normatividad vigente “la responsabilidad del Fondo Nacional del Ahorro en el pago de cesantías a los afiliados se limitará al monto de los aportes de cesantías efectivamente consignados y abonados a cuentas individuales de los afiliados”. (Artículos 224 y 225 de la Ley 1995 de 2019).
Podrás hacerlo a través de cualquiera de los siguientes canales, escoge el que mejor se acomode a tu necesidad:
Los Bancos autorizados para el recaudo de aportes de cesantías y que hayan generado la planilla de consignación por el canal Fondo en Línea Empresas son los siguientes:
Banco BBVA
Banco de Occidente
Banco de Bogotá
Banco Agrario
Banco Davivienda
Banco Itaú
Banco Popular
Bancolombia
GNB Sudameris
Para agilizar el proceso de carga de la información, te solicitamos digitalizar la planilla de consignación (formato PDF) y enviarla al correo electrónico
entidades@fna.gov.co con la siguiente información:
Instructivo planilla manual de consignaciónPDF.
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