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Usuaria que investiga cómo sacar sus ahorros del FNA

​Retiros

Retiro de A​ho​r​ro Volunt​​ario (AVC)

Podrás tramitar el retiro de AVC a través de nuestros puntos a nivel nacional o a través de fondo en línea y App.

Retiros a través de Fondo en Línea y App:

  • A través de Fondo en Línea y la App, solo se tramitarán solicitudes de pago de AVC que no superen los $2.700.000. Si el monto solicitado es mayor, te invitamos a acercarte a cualquiera de nuestras oficinas para realizar el trámite.

  • Si eres Colombiano Residente en el Exterior, comunícate al correo colombianosenelexterior@fna.gov.co para recibir información referente al retiro de tus recursos aportados.

  • Realiza tu retiro a través de Fondo en Línea (no requiere aportar documentos).

    Fondo en Línea

Pasos a seguir a través de nuestros puntos de atención

Anexa la documentación requerida según aplique su caso. Descárgala dando clic en el siguiente botón:


Aplica para:

  • Pago de Ahorro Voluntario Contractual.

  • Pago de Ahorro Voluntario Contractual para Todos.

  • Pago de Ahorro Voluntario Contractual con beneficio AFC.

  • Cuentas por pagar.

Documentación obligatoria requerida (para trámites presenciales)

Documento de identidad 
(cédula - tarajeta de identidad-cédula extranjeria o pasaporte con visa vigente) 

Fotocopia legible, no escaneo del documento de identificación.

Solicitud de Terminación del Contrato de Ahorro GCP-ACV-FO-004:

Debidamente diligenciado, sin tachones y enmendaduras, presentado en original con firma y huella.

GR-LAFT-FO-003 Formato declaración de origen de fondos:

Aplica para todos los pagos iguales o superiores a $10.000.000 millones de pesos, registrados dentro de la cuenta de Ahorro Voluntario.

Documentos adicionales en caso de presentarse las siguientes condiciones

Embargo.

Oficio emitido por entidad judicial o entidad pública dirigido al FNA el cual debe contener: número del proceso, nombre completo, tipo de documento y número de identificación del consumidor financiero demandado y del demandante indicando el levantamiento o modificación de la medida cautelar sobre las cesantías, prestaciones sociales y/o demás emolumentos.

Dermatitis o Ausencia de extremidades.

1. Certificado (original) médico (expedido por la EPS o IPS) en donde conste condición de dermatitis o ausencia de extremidades superiores.

El documento debe contener logo, nombre y número de registro médico del profesional de la salud que emite la certificación.

La fecha de expedición no debe ser mayor a seis (6) meses.

2. Excepción: Documento (en original) de cotejo biométrico ante notaría, siempre y cuando la persona no pasa la autenticación de biometría del FNA y cuando el consumidor financiero no tenga dermatitis.

Cuentas por pagar (este trámite aplica por canales presenciales).

Fotocopia del documento de identidad (cédula - tarajeta de identidad-cédula extranjeria)

Fotocopia legible, no escaneo del documento de identificación.

Solicitud de Terminación del Contrato de Ahorro GCP-ACV-FO-004

Debidamente diligenciado, sin tachones y enmendaduras, presentado en original con firma y huella.


Tipos de poderes para retiros con apoderados según sea el caso obligatoria requerida

No se necesita la intervención de un tercero para realizar la solicitud del trámite

Formato GCP-ACC-FO-017 solicitud retiro de cesantías y/o AVC con apoderado

Formato GCP-ACC-FO-017 diligenciado.

Formato original - debidamente diligenciado, sin tachones ni enmendaduras, con firma y huella de la persona que presenta la solicitud.

Fotocopia del documento de identidad del apoderado

Fotocopia legible, no escaneo del documento de identificación.

Poder general constituido mediante escritura pública

Fotocopia del poder otorgado mediante documento público en donde el apoderado informe cuál de las facultades conferidas en forma general va a ejercer para efectuar el trámite. Si el documento tiene fecha de expedición superior a seis (6) meses, debe anexar certificación expedida por la notaría informando que el mismo no ha sido modificado o revocado.

Poder con presentación personal y autenticación de firmas, huella y contenido ante notaria

Documento original en el que se informe de forma clara y explícita sobre las finalidades para las cuales le fue otorgado. 
Debe venir con presentación personal de las partes y con autenticación de firma, huella y contenido tanto del apoderado como del poderdante.

Nota: en los casos que se requiera que los recursos solicitados sean girados al apoderado, se debe otorgar la facultad de recibir los dineros en dicho poder.

Poder avalado por la oficina jurídica del centro carcelario (consumidor financiero se encuentre privado de la libertad):

Documento original en el que se informe de forma clara y explícita sobre las finalidades para las cuales le fue otorgado. Debe venir con presentación personal de las partes y con autenticación de firma, huella y contenido tanto del apoderado como del poderdante. Para el caso del poderdante debe venir el aval de la oficina juridica del centro carcelario (aplica para los casos en los cuales el notario no se pueda desplazar al centro carcelario debido a la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno).

Nota: en los casos que se requiera que los recursos solicitados sean girados al apoderado, se debe otorgar la facultad de recibir los dineros en dicho poder.

Poder avalado en el exterior:

Poder (Fotocopia o Copia), debe informar de forma clara y explícita las finalidades para las cuales fue otorgado, contar con sello de apostillado emitido por el ente competente en el país de expedición. En caso, de que el país en donde fue emitido el poder no se encuentre dentro del convenio de la HAYA, este documento debe ser presentado ante el respectivo cónsul de Colombia de dicho país. Si el documento a presentar viene en un idioma diferente, debe ser traducido al español, este documento debe contar con la aceptación por parte del apoderado en Notaria en Colombia y venir con reconocimiento de Firma, huella y contenido.

Nota: en los casos que se requiera que los recursos solicitados sean girados al apoderado, se debe otorgar la facultad de recibir los dineros en dicho poder.


NOTA: NO ES NECESARIO APORTAR ESTE LISTADO AL TRÁMITE, SOLO ES DE CONSULTA.

Recuerda que...

Puedes hacer seguimiento del trámite en:

Está dirigido a...

 Ciudadano colombiano.

Como resultado de este servicio obtendrás:

Giro electrónico en la cuenta indicada en el formulario.​​​​​​​

Ayuda

Te ayudamos a solucionar tus dudas e inquietudes.

¿Necesitas más información?

Preguntas frecuentes en
  • ¿Mi Ahorro Voluntario genera intereses? ¿Cuál es el porcentaje?.

    ​​R/ El Fondo Nacional de Ahorro reconoce un interés equivalente al límite inferior del rango meta de la inflación establecido por el Banco de la República, esta liquidación de interés se hace de forma trimestral sobre el saldo promedio del trimestre.

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  • ¿Cuánto debo ahorrar?.

    R/ Debes ahorrar en un año lo correspondiente a tus ingresos en un mes.

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  • ¿Cuándo debo consignar mi ahorro?.

    ​R/ Tu ahorro debe ser consignado en la fecha que hayas establecido de manera puntual.

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  • ¿Qué necesito para afiliarme por Ahorro Voluntario?.

    ​R/ Necesitas la fotocopia de tu cédula de ciudadanía y el formulario de afiliación totalmente diligenciado (lo puedes reclamar en cualquier Punto de Atención del FNA o descargarlo en nuestra página web).​

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  • ¿Qué necesito para afiliarme por cesantías?.

    R/ Debes diligenciar el Formulario único de solicitud de afiliación (lo puedes reclamar en cualquier Punto de Atención del FNA o descargarlo en el portal web de la entidad) y presentar una fotocopia de tu cédula de ciudadanía.

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  • Si ya tengo cesantías en otro fondo, ¿puedo trasladar estas cesantías al FNA?.

    R/ Sí. Puedes trasladar tus cesantías al FNA diligenciando el Formulario único de solicitud de afiliación y anexar la fotocopia de tu cédula.

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  • ¿Entre más puntaje y valor de cesantías tenga, más me presta el FNA?.

    R/ No, una vez que solicites tu crédito el FNA hará una evaluación de tu capacidad de pago y endeudamiento de acuerdo a tu ingreso mensual.​

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  • ¿En cuánto tiempo se verán reflejadas las cesantías en mi cuenta?.

    R/ Una vez el FNA cuente con el aporte y reporte por parte de tu empleador, se procederá a la acreditación en las cuentas individuales de cesantías entre 1 y 5 días hábiles.

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  • ¿Qué debo hacer cuando existan inconvenientes con la legalizadora?.

    R/ Debe dirigir un comunicado al correo contactenos@fna.gov.co del FNA informando detalladamente los inconvenientes presentados con la legalizadora.

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  • ¿Cómo puedo realizar un cambio de modalidad en mi crédito? .

    R/  Para los cambios de compra de vivienda nueva a usada y de usada a nueva, no es necesario solicitar cambio en el tipo de vivienda.

    Para mejora y construcción, debes tramitar una nueva solicitud de crédito con los respectivos documentos requeridos por el FNA.


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  • ¿De qué depende el monto del crédito aprobado?.

    R/ El monto del crédito aprobado depende de su capacidad de pago, es decir, del valor disponible resultante de la diferencia entre su ingreso mensual verificado menos los gastos familiares y financieros que se identifican dentro del proceso de análisis de crédito; así como, de las condiciones de plazo y sistema de amortización (Pesos o UVR) solicitadas.

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  • ¿Quieres desistir de tu crédito y ya firmaste escritura? .

    R/ Debes realizar el trámite de resciliación, el cual se presenta cuando el FNA no puede desembolsar el crédito por alguna causal legal, por inconsistencias en la capacidad de pago del afiliado o por solicitud el afiliado. En este caso el afiliado debe enviar una comunicación firmada por el comprador y vendedor a la División de Crédito solicitando resciliación de la compraventa y cancelación de la hipoteca a favor del FNA.

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  • ¿Cuál es el motivo por el cual se suspendió el producto?.

    R/ Estamos revisando la viabilidad del producto de Crédito Educativo ¡Para Todos!, en aras de ofrecer una mejor oferta en cuanto a calidad y eficiencia.

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  • ¿Cuándo se retoma el proceso de crédito?.

    R/ No hay fecha estimada.

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