Son una prestación social de carácter especial que constituye un ahorro forzoso de los trabajadores para auxiliarlos en caso de quedar desempleados. Deberá pagarse, por regla general, al terminar el contrato de trabajo y de manera excepcional como anticipo para pagar, adquirir, construir, mejorar o liberar gravámenes de bienes raíces destinados a la vivienda del trabajador.
Las Cesantías también pueden ser utilizadas para financiar o pagar matrículas y demás conceptos de educación del trabajador, su cónyuge, compañero permanente, hijos o hijastros.
Beneficios
No se cobra cuota de vinculación ni de administración.
Posibilidad de acceder a financiamiento de vivienda.
No se cobra comisión por retiros parciales o definitivos.
Los servidores públicos con régimen de retroactividad no pierden este derecho al trasladarse al Fondo Nacional del Ahorro.
El FNA cuenta con cinco décadas de experiencia, solidez, confianza y rentabilidad.
Amplia cobertura nacional.