¿Qué es?
Es una póliza que cubre el riesgo de muerte, supervivencia e incapacidad. Cubriendo riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad o salud de las personas.
¿Qué me cubre y qué no?
Ampara a todos los beneficiarios de crédito otorgado por el Fondo Nacional del Ahorro para vivienda, ya sea por Ahorro voluntario o por Cesantías, incluyendo los casos en los que la financiación se hace en cabeza de dos personas (créditos conjuntos).
Este seguro cubre el saldo que tengas a la fecha en el momento en que ocurra un suceso (fallecimiento, enfermedad grave, incapacidad total y permanente).
Eventos cubiertos
Vida: Muerte por cualquier causa, incluido suicidio y homicidio.
Enfermedades graves: Cáncer, VIH/SIDA, accidente cerebro vascular, insuficiencia renal crónica, trasplante de un órgano vital, esclerosis múltiple, infarto al miocardio, baipás, artritis degenerativa. Esto, siempre y cuando la misma cause una incapacidad total y permanente o cuando el asegurado sea sometido a intervención quirúrgica, como consecuencia de afectación de las arterias coronarias y requiera cirugía de revascularización cardiaca (baipás) o trasplante de un órgano vital.
Invalidez total y permanente: Se considera con invalidez la persona que hubiese perdido el 50% o más de su capacidad laboral, igualmente se considera como fecha de siniestro la fecha de estructuración de la invalidez.
Eventos no cubiertos
Invalidez: De acuerdo con la legislación colombiana toda calificación que sea inferior al 50%.
Enfermedades Graves: Todas aquellas que no se encuentran estipulados en las condiciones particulares de la misma. Y los demás mencionados en el capítulo de exclusiones del condicionado particular de la póliza.
¿Cómo reclamar tu seguro?
Diligenciar el formulario de reclamación de Seguros
Anexar los documentos para la reclamación
Realiza el envío de tu solicitud al correo:
reclamacionseguros@fna.gov.co
o en cualquier punto de atención a nivel nacional.
Recuerda que:
Debes realizar este trámite dentro de los dos años contados a partir de la fecha en la que ocurrió el suceso (fallecimiento, incapacidad total y permanente o enfermedad grave).
Puedes contratar con otra aseguradora las pólizas de Incendio o Terremoto y de Vida, de manera independiente (siempre que las condiciones del seguro sean, cuando menos iguales a aquellas plasmadas en el pliego de condiciones de licitación), de conformidad con lo establecido en el artículo 2.36.2.2.5 del Decreto 2555 de 2010 y en los numerales 1.2.2 y 1.3.1 del Capítulo I, Título III, Parte I de la Circular Básica Jurídica (C.E. 029 de 2014).
El término para definición del siniestro por parte de la aseguradora así como el pago de este, se efectúa dentro del mes siguiente a partir de la presentación completa de los documentos de conformidad con lo establecido en el Código de Comercio Art. 1080 y Art. 1077.
La información anterior es general por lo que la documentación requerida para el trámite de la reclamación podrá variar de acuerdo con las condiciones particulares del suceso presentado, precisando igualmente que las coberturas pueden variar durante la vigencia del crédito.
POLIZA VIDA EDUCATIVO 28-10-2023 | 31-07-2024PDF.
(1535734 KB)
POLIZA VIDA USUARIOS VERTICAL 28-10-2023 | 31-07-2024PDF.
(1561312 KB)
POLIZA VIDA GRUPO DEUDOR 28-10-2023 | 01-08-2024PDF.
(215415 KB)
Condicionado General Póliza Vida Grupo Educativos oct2022 a oct2023PDF.
(5299150 KB)
Condicionado General Póliza Vida Grupo Usuarios Créditos Educativos oct2022 a oct2023PDF.
(5242554 KB)
Condicionado General Póliza Vida Grupo Hipotecarios oct2022 a oct2023PDF.
(1564818 KB)
Póliza Vida Grupo Deudores Créditos Educativos oct 2022 a oct2023PDF.
(1871154 KB)
Póliza Vida Grupo Deudores Usuarios Créditos Educativos oct2022 a oct2023PDF.
(1881671 KB)
Póliza Vida Grupo Deudores Créditos Hipotecarios oct2022 a oct2023PDF.
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