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​Seguro de desempleo​

​​​​¿Qué es?

Ampara a los afiliados por Cesantías beneficiarios de Crédito Hipotecario o Leasing Habitacional (individuales o conjuntos) otorgado por el Fondo Nacional del Ahorro que se encuentren en situación de desempleo. Esta cobertura inicia a partir de la fecha del desembolso y estará vigente hasta la finalización de las obligaciones que tengas como afiliado con la entidad.

¿Qué me cubre y qué no?

El pago de hasta 12 cuotas por un monto máximo mensual de 12 SMMLV, de manera continua o discontinua del crédito, desde el momento en el que los asegurados se encuentren desempleados por alguna de las siguientes situaciones:

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¿Cómo reclamar tu seguro?

  1. Diligencia el formulario de reclamación de Seguros

  2. Anexa los documentos para la reclamación

    • Documento de reclamación formal firmado.

    • Fotocopia del documento de identidad.

    • Original o copia del documento en el que conste la terminación de la relación laboral, en la cual se especifique el tipo de contrato laboral y el motivo de la terminación de este o carta de despido donde se detalle la información citada anteriormente.

    • Original o copia del documento en el que conste la liquidación de salarios y prestaciones sociales.

    • Descargar formato de carga juramentada aquí.

    • Certificación de no afiliación a la seguridad social como empleado.

    • Acta de conciliación ante autoridad competente (solo para terminación del contrato por mutuo acuerdo con bonificación).

  3. Realiza el envío de tu solicitud al correo: reclamacionseguros@fna.gov.co o en cualquier punto de atención a nivel nacional.


Recuerda que:

  • Esta póliza es opcional, si no la deseas tomar debes manifestarlo solicitando su exclusión formalmente a través de cualquiera de nuestros canales de atención para evitar el cobro en tu factura y generar la devolución en los casos que aplique.

  • Si en el transcurso del proceso de crédito o durante su vigencia, llegas a cambiar de actividad económica a pensionado, prestador de servicios o independiente, debes notificarlo a esta Entidad y solicitar la exclusión del grupo asegurado.

  • Si tu fecha de pago es el 5 de cada mes, debes enviar la declaración juramentada máximo hasta el quinto día hábil del mes, si tu fecha de pago es el 15 de cada mes, debes enviar la declaración juramentada máximo hasta el día 23 de cada mes.

  • El tiempo de respuesta a la solicitud de exclusión o inclusión será de 10 días hábiles.

  • Si el crédito cuenta con la cobertura de la tasa FRECH, en caso de perder el vínculo laboral debe continuar con el pago de las cuotas pactadas dentro de los plazos indicados, hasta tanto sea definida la reclamación del seguro, la cual se debe presentar por lo menos con un mes de anticipación antes del vencimiento de la cuota para evitar la pérdida de beneficios o cualquier otra consecuencia adversa.

  • El termino para definición del siniestro por parte de la aseguradora así como el pago de este, se efectúa dentro del mes siguiente a partir de la presentación completa de los documentos de conformidad con lo establecido en el Código de comercio Art. 1080 y Art. 1077.

  • La información anterior es general por lo que la documentación requerida para el trámite de la reclamación podrá variar de acuerdo con las condiciones particulares del suceso presentado, precisando igualmente que las coberturas pueden variar durante la vigencia del crédito.

  • Teniendo en cuenta la política de seguros para créditos originados para afiliados por cesantías, informamos que el Fondo Nacional del Ahorro generará el cobro de la prima por seguro de desempleo hasta los 120 días de mora. A partir de esta fecha, procederemos con la terminación de la cobertura conforme a lo establecido en el artículo 1068 del Código de Comercio, por lo cual es importante mantener tu crédito al día para que puedas disfrutar del seguro de desempleo en el momento en que te encuentres cesante.

  • Debes tener en cuenta que, si presentas mora y se realiza la cancelación automática del cobro por seguro de desempleo en el crédito hipotecario, podrás solicitar nuevamente la inclusión y hacer parte del grupo asegurable que conforma la póliza, siempre y cuando cumplas las condiciones y requisitos establecidos en la misma y te encuentres al día en los pagos de tu obligación.




Ayuda

Te ayudamos a solucionar tus dudas e inquietudes.

¿Necesitas más información ?

Preguntas frecuentes
  • ¿De qué depende el monto del crédito aprobado?.

    El monto del crédito aprobado depende de su capacidad de pago, es decir, del valor disponible resultante de la diferencia entre su ingreso mensual verificado menos los gastos familiares y financieros que se identifican dentro del proceso de análisis de crédito; así como, de las condiciones de plazo y sistema de amortización (Pesos o UVR) solicitadas.

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  • ¿Cómo puedo obtener información de mi crédito? .

    Puedes obtener información de tu crédito a través de la página web del FNA, en los Puntos de Atención o por medio de nuestra línea gratuita 01 8000 52 7070.​​​

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  • ¿Qué documentos necesito para solicitar un crédito? .

    ​Consulte nuestra página web en la Documentación R​equerida y encontrará los documentos  necesarios para presentar su solicitud de crédito.​​

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  • ¿Cuánto se demora la legalización del crédito de vivienda? .

    El proceso de legalización se demora en promedio 75 días desde la aprobación de la oferta de crédito hasta el desembolso, excluyendo los tiempos de confirmación del inmueble a adquirir, notaría, registro y los que utilices (como afiliado) para aportar la documentación solicitada en cada una de las etapas.

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