Es un crédito destinado a financiar mejoras en viviendas
VIS y No VIS, ubicadas en zonas rurales o urbanas
del país. Pueden acceder a este crédito las personas
afiliadas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que
sean propietarias o poseedoras del inmueble que se
va a mejorar.
Las mejoras pueden incluir
remodelaciones o reparaciones locativas (como
arreglos internos o mejoras en servicios públicos), o
ampliaciones, modificaciones o reforzamientos
estructurales
(para reducir la vulnerabilidad o mejorar la estructura de la
vivienda).
Estas inversiones deben estar orientadas a
superar carencias básicas,
mejorar la habitabilidad,
prolongar la vida útil o
aumentar el valor del inmueble donde se realicen
las obras.
Requisitos
Presentar el
presupuesto y el cronograma de obra para las
mejoras locativas o de servicios públicos. En caso de realizar
una mejora modular o estructural, también se
debe aportar la licencia de construcción,
cuando aplique.
Contar con una
certificación expedida por la Secretaría de Planeación
Municipal o Departamental, la Secretaría de Gobierno, la
Secretaría General, o una
oficina de desarrollo económico o social, donde
se indique que el predio
no está ubicado en zona de riesgo ni en área de reserva
natural.
Presentar el
Certificado de Tradición y Libertad, o la
consulta en el
VUR (Ventanilla Única de Registro), donde se
verifique que
no existen demandas ni limitaciones sobre el inmueble.
Características
Monto: Se otorga según la capacidad de pago,
teniendo en cuenta el presupuesto de la obra. El valor mínimo es
de
7 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV)
y el máximo de 36 SMMLV.
Avalúo: No se realizará avalúo comercial
inicial para el desembolso del crédito.
Plazo: Desde 5 hasta 10 años,
en UVR o en pesos.
Requisitos técnicos: Se debe presentar el
presupuesto, el
cronograma de obra y la
licencia de construcción cuando sea necesario.
Desembolso: Se realizará un máximo de
un (1) desembolso.
Propiedad: El predio debe estar a nombre del
afiliado o afiliada, o de la persona
poseedora del inmueble que será mejorado.
Registro: Una vez se realice la ampliación,
modificación o reforzamiento estructural, el
constructor o constructora deberá registrar y
actualizar la
declaración de la construcción (ORIP).
Solicitud: Se puede presentar de manera
individual o conjunta por la persona
propietaria o poseedora del bien inmueble a mejorar.
Garantía: La operación contará con el respaldo
del Fondo Nacional de Garantías S.A., que
cubrirá hasta el 90% de la obligación.