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​​​​​​​​Código de Integridad, Transparencia y Conducta Ética​

Funcionaria del FNA contenta por conocer el código de integridad​​  

1. Capítulo I: Generalidades

2. Capítulo II: Deberes Generales

3. Capítulo III: Uso de Información Privilegiada

4. Capítulo IV: Directrices en Materia de Corrupción

En el Fondo Nacional del Ahorro S. A., somos conscientes de que históricamente, cuando una empresa presenta ciclos de crecimiento económico y contribuye al desarrollo social, paralelamente se ve expuestas a riesgos asociados a la corrupción, los cuales se encuentran tipificados en el Código General Disciplinario y en el Código Penal en lo correspondiente a los delitos contra la administración pública, algunos de ellos son: soborno, peculado, concusión, cohecho, violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, interés indebido en la celebración de contratos, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito y otros; por tanto, adoptamos las siguientes directrices para identificar, prevenir y mitigar posibles hechos de corrupción:

5. Capítulo V: Directrices en Materia de Sarlaft

Los lineamientos contenidos en el presente documento orientan la construcción de los procedimientos que define por el Fondo Nacional del Ahorro S. A. en función del desarrollo del objeto social dentro del marco legal, incluyendo buenas prácticas comerciales y administración integral del riesgo (SARLAFT, SARO, SARC, SARM, SARL y SIAR).

6. Capítulo VI: Directrices en Materia de Fraude

El Fondo Nacional del Ahorro S. A. establece directrices claras y efectivas para prevenir, detectar y responder a cualquier intento de fraude financiero, asegurando la integridad de sus operaciones, protegiendo los activos de los consumidores, de la Sociedad y manteniendo la confianza del público en general.

Objetivos específicos

  • Identificar riesgos de fraude realizando monitoreos periódicos a la operación y evaluando los eventos materializados.

  • Implementar y mantener controles internos robustos que minimicen las oportunidades de fraude.

  • Crear concientización en todos los empleados sobre las políticas antifraude, los riesgos asociados y las medidas preventivas.

  • Desarrollar procedimientos claros para la investigación de incidentes de fraude y la toma de acciones correctivas.

  • Cooperar con las autoridades competentes o entes regulatorios para los procesos de investigación adelantados por los actos de fraude denunciados.

  • Intercambiar mejores prácticas en la prevención del fraude con otras entidades del sector.

La implementación de estos lineamientos contribuirá a crear un entorno financiero más seguro y transparente, donde los riesgos de fraude sean detectados y mitigados de manera eficaz. A través de un enfoque integral que combine monitoreo, controles internos robustos, capacitación constante, procedimientos claros de investigación, cooperación con autoridades y el intercambio de mejores prácticas, se garantizará la protección de los activos de los consumidores y la confianza pública en el sistema financiero.

7. Capítulo VII: Directrices en Materia de Conducta

8. Capítulo VIII: Canales de Denuncia

Como Junta Directiva, Alta Dirección, Colaboradores y Proveedores del Fondo Nacional del Ahorro S.A., tenemos el deber y la responsabilidad de informar de buena fe, toda violación real o aparente al presente Código, llevados a cabo por colaboradores, administradores o terceros contratados por la Sociedad.

En el Fondo Nacional del Ahorro S. A., nos comprometemos a crear un entorno de trabajo en el que toda persona se sienta libre de denunciar. Las denuncias que se realicen a través del aplicativo Denuncie Seguro, Buzón de Denuncias, correo electrónico corporativo y externos como canales designados, son diferentes a los dispuestos para la formulación de quejas de los consumidores financieros derivadas de la prestación de servicios o productos, por lo que es posible llevar a cabo quejas o denuncias de forma anónima o no.

Canales Habilitados para realizar denuncias

  • Aplicativo en página web: Denuncie Seguro

  • Para colaboradores: Intranet Denuncie Seguro

  • Buzón de Denuncias: A nivel nacional: 018000112669. En Bogotá: (+57) (1) 4201686

  • Correo electrónico:denuncie@fna.gov.co

9. Capítulo IX: Auditoría y Control

10. Capítulo X: Sanciones

El incumplimiento de los deberes, principios y directrices establecidos en este Código de Integridad por parte de cualquier colaborador, directivo, empleado público o contratista del Fondo Nacional del Ahorro S. A. dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes, según la gravedad de la falta y de conformidad con el debido proceso. Se aplicarán las medidas disciplinarias contempladas en el Código General Disciplinario, Reglamento Interno de Trabajo, Código Sustantivo del Trabajo, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas aplicables, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiere lugar. La Sociedad garantiza el derecho de defensa y al debido proceso en todas las instancias.

Cualquier incumplimiento del Código por parte de empleados, directivos, o contratistas, ya sea intencional o por negligencia, podrá ser sancionado por la instancia competente según la normatividad vigente.

11. Capítulo XI: Aprobación, Vigencia y Divulgación

Este Código y cualquier modificación posterior, deberá ser aprobada por la Junta Directiva del Fondo Nacional del Ahorro S. A. y entra en vigor a partir de su aprobación y divulgación.

La Gerencia de Gestión Humana coordinará con las áreas que considere pertinentes la divulgación a todos los colaboradores, directivos y grupos de interés de la Sociedad a través de la página web, Intranet y demás mecanismos necesarios, así como los programas de capacitación y sensibilización en la materia.


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