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"Mi Techo Propio" es un subsidio otorgado por la Alcaldía de Barranquilla, diseñado para facilitar la adquisición de Vivienda de Interés Social (VIS) o Vivienda de Interés Prioritario (VIP) a familias en situación de vulnerabilidad.
Este programa beneficiará a 10.000 personas, brindando una oportunidad única para acceder a una vivienda digna y segura.
Fomenta que más personas puedan invertir en su hogar y mejorar su calidad de vida.
Aplica para viviendas de interés social, asegurando opciones accesibles para los beneficiarios.
Reduce el costo total de la vivienda, haciendo más accesible la adquisición.
Está dirigido a personas que cumplan con los requisitos establecidos, garantizando apoyo a quienes realmente lo necesitan.
Residentes en Barranquilla.
Hogares con ingresos totales mensuales que no sean superiores al equivalente a cuatro (4) SMMLV.
Personas en SISBEN y Red Unidos, madres comunitarias, víctimas de violencia, adultos mayores, comunidades negras, indígenas, entre otros.
Aplica otros subsidios
0-2 SMMLV
(Sisbén IV en las categorías entre A1-C8)
10 SMMLV
$14.235.000*
2-4 SMMLV
(Sisbén IV en las categorías entre C9-D20)
8 SMMLV
$11.388.000*
*valores 2025
No aplica otros subsidios
(Hasta $2.846.000 en 2025)
VIS 25 SMMLV $35.587.500*
VIP 30 SMMLV $42.705.000*
(Desde $2.846.000 hasta $5.692.000 en 2025)
VIS 20 SMMLV $28.470.000*
Aplica para las familias beneficiarias del subsidio distrital no concurrente, con crédito hipotecario o leasing habitacional.
VIP
*$9.000.000
VIS
*$14.400.000
Ser mayor de edad (contar con cédula de ciudadanía o de extranjería vigente)
No haber recibido un subsidio familiar, salvo excepciones*
Ser residente en la ciudad de Barranquilla
No ser propietario de una vivienda en Colombia, salvo excepciones*
Autorizar a la constructora a realizar la postulación del subsidio distrital.
Nota: Los beneficiarios del subsidio no concurrente para la adquisición de vivienda tipo VIS o VIP mediante un crédito hipotecario o un contrato de leasing habitacional, tendrán la opción de postularse también al subsidio a la cuota del crédito.
*Consulta aquí la información completa del subsidio "Mi Techo Propio"
Te ayudamos a solucionar tus dudas e inquietudes.
¿Necesitas más información ?
¿Mi Ahorro Voluntario genera intereses? ¿Cuál es el porcentaje?.
Claro que sí. Su porcentaje es actualmente del 2 % EA y se liquida sobre el saldo ahorrado al momento de realizar el retiro.
¿Cuánto debo ahorrar?.
Debes ahorrar en un año lo correspondiente a tus ingresos en un mes.
¿Cuándo debo consignar mi ahorro?.
Puedes realizar tu ahorro cualquier día del mes. Esto es una ventaja muy grande y flexible.
¿Qué necesito para afiliarme por Ahorro Voluntario?.
Necesitas la fotocopia de tu cédula de ciudadanía y el formulario de afiliación totalmente diligenciado (lo puedes reclamar en cualquier Punto de Atención del FNA o descargarlo en nuestra página web).
¿Qué necesito para afiliarme por cesantías?.
Debes diligenciar el Formulario único de solicitud de afiliación (lo puedes reclamar en cualquier Punto de Atención del FNA o descargarlo en el portal web de la entidad) y presentar una fotocopia de tu cédula de ciudadanía.
Si ya tengo cesantías en otro fondo, ¿puedo trasladar estas cesantías al FNA?.
Sí. Puedes trasladar tus cesantías al FNA diligenciando el Formulario único de solicitud de afiliación y anexar la fotocopia de tu cédula.
¿Entre más puntaje y valor de cesantías tenga, más me presta el FNA?.
No, una vez que solicites tu crédito el FNA hará una evaluación de tu capacidad de pago y endeudamiento de acuerdo a tu ingreso mensual.
¿En cuánto tiempo se verán reflejadas las cesantías en mi cuenta?.
Una vez el FNA cuente con el aporte y reporte por parte de tu empleador, se procederá a la acreditación en las cuentas individuales de cesantías entre 1 y 5 días hábiles.
¿Qué debo hacer cuando existan inconvenientes con la legalizadora?.
Debe dirigir un comunicado al correo contactenos@fna.gov.co del FNA informando detalladamente los inconvenientes presentados con la legalizadora.
¿Cómo puedo realizar un cambio de modalidad en mi crédito? .
Para los cambios de compra de vivienda nueva a usada y de usada a nueva, no es necesario solicitar cambio en el tipo de vivienda.
Para mejora y construcción, debes tramitar una nueva solicitud de crédito con los respectivos documentos requeridos por el FNA.
¿De qué depende el monto del crédito aprobado?.
El monto del crédito aprobado depende de su capacidad de pago, es decir, del valor disponible resultante de la diferencia entre su ingreso mensual verificado menos los gastos familiares y financieros que se identifican dentro del proceso de análisis de crédito; así como, de las condiciones de plazo y sistema de amortización (Pesos o UVR) solicitadas.
¿Quieres desistir de tu crédito y ya firmaste escritura? .
Debes realizar el trámite de resciliación, el cual se presenta cuando el FNA no puede desembolsar el crédito por alguna causal legal, por inconsistencias en la capacidad de pago del afiliado o por solicitud el afiliado. En este caso el afiliado debe enviar una comunicación firmada por el comprador y vendedor a la División de Crédito solicitando resciliación de la compraventa y cancelación de la hipoteca a favor del FNA.
¿Cuál es el motivo por el cual se suspendió el producto?.
Estamos revisando la viabilidad del producto de Crédito Educativo ¡Para Todos!, en aras de ofrecer una mejor oferta en cuanto a calidad y eficiencia.
¿Cuándo se retoma el proceso de crédito?.
No hay fecha estimada.