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26/06/2013

FNA reitera ampliación de plazo de 20 meses para usar financiación para adquisición de vivienda nueva

El FNA aumento el plazo para hacer efectiva la adquisición de vivienda
  • Bogotá, 26 de junio de 2013 (FNA). Los afiliados del Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que tienen carta de aprobación de financiación y van a cumplir un año sin adquirir vivienda nueva pueden elevar una solicitud a la entidad solicitando que se les extienda ese plazo por ocho meses más.

  • Ese término puede ampliarse a petición del afiliado, siempre y cuando se cumplan requisitos como los siguientes: los créditos deben ser ofertados a partir de enero de 2012 y la financiación para compra de vivienda nueva deberá ser con constructoras o fideicomisos.

Muchos colombianos afiliados al FNA se han visto beneficiados con el acompañamiento financiero para adquirir vivienda nueva.

La ampliación del plazo no aplica si el afiliado decide distribuir, en dos financiaciones hipotecarias, el cupo aprobado en la oferta. Además, el FNA tiene la facultad para realizar antes del otorgamiento de la escritura pública una nueva verificación de las condiciones crediticias con la consulta a centrales de información y se validará, mediante certificación, que subsisten las condiciones que permiten el desembolso del acompañamiento financiero.

El afiliado del FNA dispone de doce (12) meses para comprar su casa contados a partir de la fecha de aprobación de la oferta de su financiación, pero ante la realidad de la industria de la construcción se logró identificar que este plazo resultaba insuficiente para muchos de los afiliados, que se veían abocados a desistir de las negociaciones de compra de cada nueva, puesto que los proyectos eran entregados en plazos superiores al fijado en la carta de aprobación.

Por ese motivo, se decidió modificar el Reglamento de Crédito para Vivienda, permitiéndole al afiliado que desee comprar inmueble nuevo el poder solicitar una prórroga por ocho meses más, para un total de 20 meses contados a partir de la fecha de la carta de oferta de acompañamiento financiero.

De igual forma, no se cobra el estudio de crédito para las segundas solicitudes, cuando estas se radiquen por un valor inferior a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Durante el tiempo para aceptar la oferta, el afiliado puede solicitar por escrito el cambio de sistema de amortización de pesos a UVR o viceversa, respetando las instancias de aprobación y la capacidad de pago del afiliado.

Todo colombiano debe dar tanto como pueda, todo colombiano debe trabajar tanto como pueda y todo colombiano debe AHORRAR tanto como pueda”

UNIDAD DE COMUNICACIÓN Y PRENSA


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