Fondo Nacional del Ahorro
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La resolución se dio a conocer el pasado miércoles.
El Fondo Nacional del Ahorro fue absuelto por el organismo gubernamental.18 de marzo de 2016. El Ministerio de Trabajo sancionó el pasado 16 de marzo de 2016 mediante la resolución 000633 a la empresa de Servicios Temporales Optimizar por el incumplimiento de las normas laborales frente a los trabajadores del Fondo Nacional del Ahorro.Según la resolución Optimizar habría violado las normas laborales en lo “(…) concerniente a la retención de las prestaciones sociales de los trabajadores al momento de quedar cesantes con la terminación del contrato, cuales quiera que hubiesen sido los motivos y con el atenuante de la no acreditación da los documentos por parte de la inspectora de conocimiento, (…)”.Así mismo la resolución asegura que absuelve de la investigación al Fondo Nacional del Ahorro representado por Augusto Posada Sánchez.En la resolución la empresa Servicios Temporales Optimizar fue multada con 200 salarios mínimos legales, es decir, un monto superior a los 137 millones de pesos. Así el Ministerio del Trabajo le da la razón al Fondo Nacional del Ahorro.La entidad ha argumentado que su relación contractual con Optimizar terminó el 30 de septiembre del año 2015; que a la fecha la empresa Optimizar Servicios Temporales no ha cancelado la liquidación de los más de 1300 trabajadores a quienes vinculó para ejecutar el contrato de suministro de personal que tuvo con el FNA hasta el 30 de septiembre de 2015, teniendo un valor adeudado a los mismos de $4.207.540.331. Así mismo el Fondo Nacional del Ahorro argumenta que ha pagado puntualmente a Optimizar Servicios Temporales las acreencias pactadas en el contrato, incluso las provisiones de prestaciones sociales, seguridad social y vacaciones necesarias para que este asegurara el pago completo de sus obligaciones laborales.Y agrega que “solo está pendiente un pago que asciende aproximadamente a la suma de 410 millones de pesos, el cual no se ha realizado teniendo en cuenta que Optimizar Servicios Temporales solicitó a la Superintendencia de Sociedades acogerse a la Ley 1116 de 2006 y en ella su artículo 17 (Admisión al Proceso de Reorganización con Respecto Al Deudor) establece que se prohíbe efectuar pagos, arreglos, conciliaciones, entre otros”.Según el presidente del Fondo Nacional del Ahorro, Augusto Posada, “hemos sido muy claros, nosotros venimos adelantando los procesos contractuales y jurídicos necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales pendientes que Optimizar Servicios Temporales le corresponde con los trabajadores en misión”.Y agregó “las víctimas son tanto los trabajadores en misión contratados a través de Optimizar, a quienes no se les ha pagado su liquidación, como el mismo Fondo Nacional del Ahorro. Ya que se están vulnerando los derechos de los primeros y el buen nombre y reputación del FNA”. Con esta resolución el Ministerio de Trabajo le da la razón a la entidad.Cualquier información sobre los productos, trámites y requisitos de la entidad, puede ingresar a la página de Internet www.fna.gov.co o seguirnos en nuestra cuenta de twitter @FNAahorro o nuestra cuenta de Facebook FNAColombia COMUNICACIONES
Te ayudamos a solucionar tus dudas e inquietudes.
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¿Mi Ahorro Voluntario genera intereses? ¿Cuál es el porcentaje?.
R/ El Fondo Nacional de Ahorro reconoce un interés equivalente al límite inferior del rango meta de la inflación establecido por el Banco de la República, esta liquidación de interés se hace de forma trimestral sobre el saldo promedio del trimestre.
¿Cuánto debo ahorrar?.
R/ Debes ahorrar en un año lo correspondiente a tus ingresos en un mes.
¿Cuándo debo consignar mi ahorro?.
R/ Tu ahorro debe ser consignado en la fecha que hayas establecido de manera puntual.
¿Qué necesito para afiliarme por Ahorro Voluntario?.
R/ Necesitas la fotocopia de tu cédula de ciudadanía y el formulario de afiliación totalmente diligenciado (lo puedes reclamar en cualquier Punto de Atención del FNA o descargarlo en nuestra página web).
¿Qué necesito para afiliarme por cesantías?.
R/ Debes diligenciar el Formulario único de solicitud de afiliación (lo puedes reclamar en cualquier Punto de Atención del FNA o descargarlo en el portal web de la entidad) y presentar una fotocopia de tu cédula de ciudadanía.
Si ya tengo cesantías en otro fondo, ¿puedo trasladar estas cesantías al FNA?.
R/ Sí. Puedes trasladar tus cesantías al FNA diligenciando el Formulario único de solicitud de afiliación y anexar la fotocopia de tu cédula.
¿Entre más puntaje y valor de cesantías tenga, más me presta el FNA?.
R/ No, una vez que solicites tu crédito el FNA hará una evaluación de tu capacidad de pago y endeudamiento de acuerdo a tu ingreso mensual.
¿En cuánto tiempo se verán reflejadas las cesantías en mi cuenta?.
R/ Una vez el FNA cuente con el aporte y reporte por parte de tu empleador, se procederá a la acreditación en las cuentas individuales de cesantías entre 1 y 5 días hábiles.
¿Qué debo hacer cuando existan inconvenientes con la legalizadora?.
R/ Debe dirigir un comunicado al correo contactenos@fna.gov.co del FNA informando detalladamente los inconvenientes presentados con la legalizadora.
¿Cómo puedo realizar un cambio de modalidad en mi crédito? .
R/ Para los cambios de compra de vivienda nueva a usada y de usada a nueva, no es necesario solicitar cambio en el tipo de vivienda.
Para mejora y construcción, debes tramitar una nueva solicitud de crédito con los respectivos documentos requeridos por el FNA.
¿De qué depende el monto del crédito aprobado?.
R/ El monto del crédito aprobado depende de su capacidad de pago, es decir, del valor disponible resultante de la diferencia entre su ingreso mensual verificado menos los gastos familiares y financieros que se identifican dentro del proceso de análisis de crédito; así como, de las condiciones de plazo y sistema de amortización (Pesos o UVR) solicitadas.
¿Quieres desistir de tu crédito y ya firmaste escritura? .
R/ Debes realizar el trámite de resciliación, el cual se presenta cuando el FNA no puede desembolsar el crédito por alguna causal legal, por inconsistencias en la capacidad de pago del afiliado o por solicitud el afiliado. En este caso el afiliado debe enviar una comunicación firmada por el comprador y vendedor a la División de Crédito solicitando resciliación de la compraventa y cancelación de la hipoteca a favor del FNA.
¿Cuál es el motivo por el cual se suspendió el producto?.
R/ Estamos revisando la viabilidad del producto de Crédito Educativo ¡Para Todos!, en aras de ofrecer una mejor oferta en cuanto a calidad y eficiencia.
¿Cuándo se retoma el proceso de crédito?.
R/ No hay fecha estimada.