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17/04/2023

​​​​​​​En cumplimiento del Artículo 8 del Acuerdo 2468 de 2022 “Por el cual se adoptan los nuevos estatutos de Fondo Nacional del Ahorro Carlos Lleras Restrepo”, se permite invitar a los Gremios de la Construcción para que acrediten su calidad de representantes de su sector y elijan los miembros principal y suplente ante la Junta Directiva del FNA.

Para el efecto, deberán allegar la documentación que acredite su calidad de representantes de su sector, indicando los nombres, identificación, teléfono de contacto y correo electrónico de la persona que los representará, a más tardar el día 5 de mayo de 2023 al correo electrónico entesdecontrol@fna.gov.co

Una vez acreditada la representación del sector por parte de los interesados, se procederá a instalar la sesión, durante la cual se hará la presentación de las personas que se consideren con derecho a representar los Gremios de la Construcción, legalmente constituidos, acreditando la calidad de miembros de estos; a fin de proceder a la elección de los miembros principal y suplente ante la Junta Directiva del FNA.

La sesión se llevará a cabo el viernes 12 de mayo a las 10:00 a.m. por medio de la herramienta de Microsoft Teams, previa citación efectuada por el FNA, donde además los Gremios fijarán, de común acuerdo, el procedimiento para la elección de su representante ante la Junta Directiva, quienes deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley para ejercer la calidad de miembro de Junta Directiva de Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, organizada como establecimiento de crédito de naturaleza especial.

Los distintos representantes, acreditados válidamente, tendrán como máximo hasta el 5 de junio de 2023 para comunicar al Fondo Nacional del Ahorro sobre los miembros elegidos, anexando el acta de la respectiva sesión y las hojas de vida correspondientes.

Finalmente, y en atención al Artículo 8 del Acuerdo 2468 de 2022, es importante destacar que “En el evento en que no sea posible la designación del representante de los sectores mencionados, dentro el plazo y procedimiento fijados en el presente acuerdo, el Gobierno Nacional los designará”.

MÁS INFORMACIÓN

Secretaría General Fondo Nacional del Ahorro

entesdecontrol@fna.gov.co

Bogotá D.C

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